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Aprueban bases y condiciones para la convocatoria específica “Innovación Abierta para Municipios – Resolución de Desafíos”

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Se extiende hasta 30 días hábiles desde el 8 de noviembre y el monto total a ser ejecutado asciende a la suma $2.000 millones en concepto de Aportes No Reintegrables (ANR).  Podrán participar SA, SAS, sociedades en comandita por acciones, sociedades anónimas unipersonales, SRL, sociedades en comandita simple, asociaciones, fundaciones, cooperativas, entidades civiles y mutualistas, universidades, organismos públicos o entes públicos que no pertenezcan a la Administración Nacional, Provincial o Municipal centralizada, Unidades de Vinculación tecnológica (UVT), debidamente registradas en los términos de la Ley 23877, entre otros. (Ver detalles en anexo adjunto)

Disposición 1/23- Sspdcec-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 06/11/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-68443039-APN-DGD#MDP, la Ley N° 27.506 y sus modificaciones, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 88 de fecha 11 de febrero de 2022 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y 92 de fecha 14 de marzo de 2023 de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución N° 88 de fecha 11 de febrero de 2022 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se creó el Programa “INNOVACIÓN ABIERTA PARA MUNICIPIOS”, en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, que tiene por objetivo resolver problemáticas de gestión comunes a los Municipios de las diferentes Provincias de nuestro país mediante procesos de Innovación Abierta y la utilización de tecnología en la economía del conocimiento.

Que, como fase inicial, el citado Programa previó la selección de municipios propuestos por las diferentes provincias del país, según lo preceptuado por el Artículo 5.1. del Reglamento Operativo del Programa, a fin de que participen en los Encuentros Regionales de cada región del país para presentar las problemáticas de gestión y de servicios en sus comunas. Dichos municipios que fueran validados para participar según la Resolución N° 88/22 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA.

Que los referidos Encuentros Regionales son espacios de participación en que los asistentes compartieron información sobre los procesos, sistemas y tecnologías que se utilizan en la actualidad, en los que se promovió la innovación abierta, y que tuvieron como objetivo conocer y dar a conocer las dificultades actuales que enfrentan los diversos Municipios participantes; y así comprender su situación en forma íntegra, a fin de que pudieran ser seleccionadas problemáticas comunes a los Municipios del país.

Que como resultado de los Encuentros Regionales se seleccionaron diversos desafíos que los Municipios afrontan, los cuales fueron tratados y puestos en común en el Encuentro Nacional, en el cual se realizó la selección final, conforme dispone el Artículo 5.2 del citado Reglamento, labrándose la correspondiente Acta de “Desafíos Finales”.

Que mediante la Resolución N° 92 de fecha 14 de marzo de 2023 de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificatoria de la Resolución N° 88/22 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, se facultó a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE CAPACIDADES PARA LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a disponer la realización de futuras Convocatorias en el marco del Programa aquí creado y a realizar todas las acciones necesarias a los efectos de poner en funcionamiento el mismo, controlar su ejecución y a dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para su implementación.

Que, en virtud todo lo expuesto, es intención del MINISTERIO DE ECONOMÍA junto con la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, crear una Convocatoria Específica destinada a la resolución de los desafíos seleccionados en el Encuentro Nacional, a fin de que quienes se encuentren interesados presenten proyectos de solución a dichas problemáticas, promoviendo así la aplicación de las actividades enumeradas en el Artículo 2° de la Ley Nº 27.506 y sus modificaciones.

Que las actividades de economía del conocimiento, reconocidas en el Artículo 2° de la Ley N° 27.506 y sus modificaciones, hoy se erigen como piedra angular del sistema productivo nacional, puesto que posibilitan la creación de productos y servicios innovadores que contribuyen para la consolidación y fortalecimiento de la economía nacional.

Que mediante el Decreto N° 451 de fecha 3 de agosto de 2022, se modificó la Ley de Ministerios N° 22.250 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y se estableció que el MINISTERIO DE ECONOMÍA es continuador a todos sus efectos del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, debiendo considerarse modificado por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en segundo término.

Que mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando, asimismo, los objetivos de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, entre los cuales se encuentran el de entender en la definición de programas de promoción de las actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información, apoyados en los avances de la ciencia y de las tecnologías y orientados a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos; el de promover la capacitación e incorporación al conjunto del entramado productivo de recursos humanos que posean las capacidades y habilidades acordes a los requerimientos del nuevo paradigma de la economía basado en el conocimiento; el de intervenir en el desarrollo de la infraestructura y los recursos humanos necesarios para el fortalecimiento a nivel federal de las actividades de la economía del conocimiento, en articulación con los gobiernos locales.

Que, asimismo, el citado decreto establece entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE CAPACIDADES PARA LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, planificar e implementar programas de desarrollo de las capacidades humanas en el sector de la economía del conocimiento tendientes al fortalecimiento a nivel federal, en articulación con los gobiernos locales y articular acciones con otros organismos del ESTADO NACIONAL, entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales, universidades y empresas, para impulsar nuevas modalidades de formación de recursos humanos que respondan con flexibilidad, dinámica y calidad a las demandas del sector productivo.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios y la Resolución N° 88/22 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y su modificatoria.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE CAPACIDADES PARA LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las “Bases y Condiciones Particulares de la Convocatoria Específica INNOVACIÓN ABIERTA PARA MUNICIPIOS – RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS”, que como Anexo (IF-2023-130606349-APN-DNFREC#MEC), forma parte integrante de la presente medida, y que regirán dicha Convocatoria en forma complementaria al Reglamento Operativo del Programa “INNOVACIÓN ABIERTA PARA MUNICIPIOS”, aprobado por la Resolución N° 88 de fecha 11 de febrero de 2022 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria.

ARTÍCULO 2°.- Convócase a aquellas personas jurídicas y Unidades de Vinculación Tecnológica interesadas en acceder al Programa “INNOVACIÓN ABIERTA PARA MUNICIPIOS”, creado por la Resolución N° 88/22 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y su modificatoria, a realizar las correspondientes presentaciones de conformidad a las previsiones dispuestas en las “Bases y Condiciones de la Convocatoria Específica INNOVACIÓN ABIERTA PARA MUNICIPIOS – RESOLUCIÓN DE DESAFÍOS”, aprobadas por el Artículo 1° de la presente disposición.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que la vigencia de la presente Convocatoria se extiende hasta TREINTA (30) días hábiles desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- El monto total a ser ejecutado en el marco de la presente Convocatoria Específica asciende a la suma de PESOS DOS MIL MILLONES ($ 2.000.000.000) en concepto de Aportes No Reintegrables (ANR).

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo de las partidas específicas del Programa 66 – Fomento al Desarrollo Tecnológico de la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMÍA, Servicio Administrativo Financiero 362, para el Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Natalia Wolaniuk

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.294 del 8 de noviembre de 2023.

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