Y VISTO:
Que la vigencia de la lista de Evaluadores (art. 262 Ley 24.522) para ser utilizada en los Juzgados con competencia concursal de la Primera Circunscripción Judicial, aprobada por Acuerdo Administrativo Número Dos de fecha 9.3.2017, está próxima a terminar.
Que por Acuerdo Administrativo Número Dos de fecha 9.3.2017 se conformó la Lista de Evaluadores para la Primera Circunscripción Judicial con vigencia hasta el mes de marzo del corriente año, conforme lo dispuesto por Acuerdo Reglamentario Nro 312 del 13.2.1996.
Que por Ley N° 27.541 y DNU 260/2020 se declaró la emergencia pública sanitaria como consecuencia de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID 19, a la que adhirió la Provincia de Córdoba por Ley N°10690 del 18.3.2020.
Que a partir de ello, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en la órbita de sus atribuciones constitucionales, mediante sucesivos Acuerdos Reglamentarios (1617, 1620, 1621, 1622, 1623, 1624, 1625,1626, 1627 y 1629 y ss.) y Resoluciones de Presidencia ha adoptado una serie de medidas imprescindibles para preservar la salud y la vida de los agentes del Poder Judicial de Córdoba, así como la de los abogados, auxiliares de la justicia y la comunidad en general.
Que en este contexto, mediante Acuerdo Número Doce de fecha 21.10.2020, estas Cámaras reunidas en Colegio, resolvieron prorrogar la vigencia de la lista de síndicos concursales categorías A y B para la primera circunscripción judicial, hasta el 30 de octubre del año 2021 (30.10.2021), con la esperanza de haber superado a esa fecha el estado de emergencia sanitaria.
Que el proceso de convocatoria de aspirantes a la integración de las listas de Evaluadores, conforme lo resuelto por Acuerdo Reglamentario Nº 312 Serie «A» del trece de febrero de dos mil novecientos noventa y seis del Excmo. Tribunal Superior de Justicia y Acuerdos Reglamentarios Número Cuatro de fecha treinta y uno de octubre de dos mil dos y Uno del veintisiete de abril de dos mil cinco dictados por ambas Cámaras con competencia concursal, conllevan numerosas actuaciones y trámites con la intervención no sólo de este Cuerpo Colegiado, sino también del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, así como la recolección de antecedentes por parte de los postulantes, que en esta situación de excepción, resultan incompatibles con las numerosas medidas sanitarias actualmente vigentes e incluso conspira contra la posibilidad de aquellos interesados en el llamado pero incluidos en grupo de riesgo de cumplimentar con todos esos trámites.
Que por ello y atento a que el estado de emergencia sanitaria no ha podido ser superado hasta la fecha y a fin de facilitar el acceso de los interesados a la convocatoria, así como el proceso de conformación de la nueva lista consiguiente, consideramos pertinente prorrogar la vigencia del listado de Evaluadores conformado por Acuerdo Administrativo Número Dos de fecha 9.3.2017, hasta el 30 de octubre del año 2021 (30.10.2021).
Por todo ello;
SE RESUELVE:
Fernando Martin Flores