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Poder Judicial de la Provincia de Córdoba Fuero concursal Lista de Síndicos. Categorías A y B. Primera Circunscripción Judicial. Prórroga

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Poder Judicial de la Provincia de Córdoba
Acuerdo Administrativo Nº: Nueve.

En la Ciudad de Córdoba, a los veintidós días del mes de julio de dos mil diecinueve, se reúnen los Sres. Vocales de las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda y Novena Nominación de esta ciudad, con competencia exclusiva y excluyente en materia concursal en la Primera Circunscripción Judicial y ACORDARON:

Y VISTO:

Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de esta Provincia solicita que se analice la posibilidad de prorrogar la vigencia de la lista de síndicos actual y disponer que la próxima convocatoria sea orde-nada por finales del año 2020. Funda su pedido en que varios de los matriculados en dicho Consejo se encuentran cursando la carrera de Especialización en Sindicatura Concursal, cuya fecha aproximada de conclusión y egreso sería en Julio del año 2020. Destaca que los contadores públicos que actualmente cursan la mentada especialización no han tenido oportunidad de llevar adelante la carrera con anterioridad, puesto que no se lograba completar el cupo necesario de alumnos del año 2009, último año en que fue dictada por la Escuela de Graduados de la Facultad de Ciencias Económicas.
Que por su parte la Escuela de Graduados de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Córdoba solicitó la prórroga de la fecha de la próxima convocatoria y selección de síndicos concursales por los mismos motivos.

Y CONSIDERANDO:

Que por Acuerdo Reglamentario Nro. 303 Serie A del 02/10/95 el Tribunal Superior de Justicia encomendó, cada cuatro años, la confección de las listas de síndicos concursales para la primera circunscripción, a las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda y Tercera Nominación reunidas en colegio, conforme lo preceptuado por la ley de concursos y quiebras Nro. 24.522.
Que por Acuerdo Reglamentario Nro. 1463 Serie A del 20.12.2017 se dis-puso el cambio de competencias entre las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Tercera y Novena Nominación del Centro Judicial Capital y asignó a esta última competencia para entender en las causas pertenecientes al fuero de Concursos y Sociedades como así también en todo lo concerniente a la superintendencia, manejo y confección de listas de síndicos concursales.
Que por Acuerdo Administrativo Número Siete de fecha 25.11.2015 se conformó la Lista de Síndicos (categorías A y B) para la Primera Circunscripción Judicial cuya vigencia expirará a fines del año en curso.
Que el art. 253 de la ley 24.522 establece una preferencia a quienes posean títulos universitarios de especialización en sindicatura concursal (inc. 1º) y a quienes acrediten haber cursado carreas universitarias de especialización de posgrado (inc.2º).
Que dicho requisito se justifica en la especificidad de la materia y en la necesidad de contar con profesionales especialmente capacitados para el desempeño de la función asignada por la ley concursal, ya que ello redunda, en definitiva, en un mejor servicio de justicia. Reconocida doctrina ha señalado que, de los elementos previstos por el ordenamiento jurídico para seleccionar a los aspirantes, la especialidad es el que reviste la mayor importancia (Vid. Rouillón, Adolfo. Régimen de concursos y quiebras. Ley 24.522. 17ª edición actualizada y ampliada. Ed. Astrea. Buenos Aires, p. 401/402).
Que por lo expuesto y por las razones brindadas tanto por el Colegio Profesional de Ciencias Económicas como por la Escuela de Graduados de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Córdoba con relación a la necesidad de extender la vigencia de la lista oportunamente confeccionada a fin de que nuevos profesionales puedan obtener la certificación que acredite su especialidad, corresponde atender a lo solicitado por las instituciones mencionadas y, en consecuencia, disponer la prórroga por el plazo de un año de la vigencia de la Lista de Síndicos (categorías A y B) para la Primera Circunscripción Judicial conformada por Acuerdo Administrativo Número Siete de fecha 25/11/.2015.

Por ello, SE RESUELVE:

Art. 1°) PRORROGAR la vigencia por el plazo de un año de la Lista de Síndicos (categorías A y B) para la Primera Circunscripción Judicial conformada por Acuerdo Administrativo Número Siete de fecha 25.11.2015..
Art. 2°) PUBLICAR el presente acuerdo, mediante edictos por el término de dos días, en el Boletín Oficial de la Provincia; incorpórese en la página WEB del Poder Judicial.
Art. 3°) COMUNÍQUESE al Tribunal Superior de Justicia, a la Sub Área de Documentación e Información Pública del Área de Servicios Judiciales, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba y a los Juzga-dos con competencia concursal de la Primera Circunscripción Judicial.
Art. 4°) De forma.

FDO: Dra. Verónica Francisca Martìnez –
Silvna María Chiapero – María Mónica Puga de Juncos- Delia Carta de Cara-Jorge Eduardo Arrambide
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