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Ya suman 400 los abogados anotados para defender a contraventores

11 agosto, 2017
Cinco uniformados serán  juzgados por abuso policial
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En la ciudad de Córdoba se inscribieron 300 y en el interior, otros 100. Forman parte de una lista y cada uno cuenta con un turno asignado para asistir a los infractores que no tengan un letrado particular. En la mayoría de los casos son profesionales jóvenes

Por Silvina Bazterrechea – sbazterrechea@comercioyjusticia.info

En abril del año pasado comenzó a regir en Córdoba un Código de Convivencia que derogó el viejo Código de Faltas. La legislación trajo consigo algunas herramientas que fueron creadas para brindar una mayor transparencia a estos procesos de detención y garantizar que no se violen los derechos de los ciudadanos. Siguiendo ese razonamiento, el artículo 20 del Código de Convivencia estableció que el infractor tiene derecho a nombrar un abogado de su confianza y, en caso de carecer de uno, el ayudante fiscal le designará uno de oficio o, en su caso, un asesor letrado especial.
Este aspecto de la normativa comenzó a instrumentarse en toda la provincia por medio de un convenio que firmaron los 11 colegios de abogados de Córdoba y el Ministerio de Gobierno. Aunque al principio hubo algunas dudas sobre su implementación, dicho acuerdo fue renovado y está en plena vigencia.
Según informó a Comercio y Justicia,el subsecretario de Gestión Administrativa, Sebastián Serrano, suman 300 los abogados de la ciudad de Córdoba inscriptos en la lista de letrados a disposición de los infractores del Código de Convivencia. En el interior, hay otros 100 en la misma condición.
Serrano explicó que, en su mayoría, son profesionales jóvenes que ven en esta herramienta una salida laboral -aunque también hay quienes simplemente decidieron inscribirse porque les interesa trabajar en la problemática-.
El funcionario provincial se mostró satisfecho por los resultados obtenidos. “Las contravenciones del viejo Código eran un proceso unilateral. Crear asesorías era muy complicado y encontramos en esta metodología un instrumento muy positivo”.

Honorarios
El Ministerio de Gobierno abona por cada actuación realizada por el letrado interviniente la suma de un Jus, es decir, $586,95. Cabe aclarar que si en el marco de un sumario existe más de un imputado y el abogado ejerce la defensa de todos ellos, el letrado cobra por cada uno de los acusados defendidos. Lo mismo ocurre si existen varios sumarios de un mismo imputado o varias contravenciones de una misma persona. Esto permite que los honorarios que recibe cada abogado superen en muchos casos la modesta suma de un jus propuesta por el Gobierno, asegura Serrano. “Cada actuación lleva dos o o tres intervenciones como mínimo, entonces la causa toma cuerpo y la suma percibida por el abogado no es la misma”.
El convenio prevé que el pago de los honorarios sea abonado dentro de los 60 días de presentada la factura correspondiente en la Federación de Colegios de Abogados de Córdoba.
El mecanismo
En la ciudad de Córdoba hay cuatro unidades judiciales contravencionales. La denominada Unidad Contravencional Norte -que funciona en calle Antonio del Viso 756, de barrio Alta Córdoba- y la Sur -boulevard Guzmán 1075, en el centro de la ciudad-. Hay otras dos: en la zona de La Calera y en Villa Allende. Cada una de ellas cuenta con un lista de abogados inscriptos a quienes se les asigna un turno dentro del cual deben estar disponibles para atender a los contraventores que requieran de sus servicios.

El nuevo Código. Aspectos centrales

-En el artículo 20 de la nueva ley se establece que el infractor puede nombrar un abogado de su confianza. En caso de carecer de éste, el ayudante fiscal le designará uno de oficio o en su caso, un asesor letrado especial.
– Para la ciudad de Córdoba son los ayudantes fiscales (funcionarios judiciales dependientes del Ministerio Público Fiscal) y, para el interior, los Jueces de Paz, quienes se encargan de dar las directivas ante un contraventor y juzgar su conducta.
-El Código establece en 18 años la edad de imputabilidad. Eso significa que quienes todavía no cuenten con esa edad no podrán ser perseguidos por el Código de Convivencia. Sin embargo, establece que si un menor de 18 años comete una contravención, deberán ser entregados inmediatamente a sus padres dando intervención a la Secretaría de Niñez Adolescencia y Familia (Senaf).
-Se sigue criminalizando el merodeo en zona rural y se eliminó el merodeo en zona urbana. Sin embargo, se agregó otra figura vaga que es la conducta sospechosa.
– Tal como sucede en el resto del país, dejó de ser una contravención beber en la vía pública. Tampoco lo es quemar gomas. Se eliminó también la contravención de prostitución molesta y escandalosa.
– Se castiga a quienes no lleven casco en sus motocicletas, a los menores de 18 años que conduzcan automóviles, a quienes porten cuchillos, a quienes produzcan escándalos o molestias a terceros (sin especificar en qué consisten éstas) a quienes griten o insulten a docentes y a quienes cometan actos contra la decencia pública.

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