martes 5, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Trámite oral no puede imponerse sin consentimiento de las partes

ESCENARIO. Para concretar el trámite oral civil y comercial, las partes tienen que consentirlo.
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En el fallo se razonó que el procedimiento de audiencias exige una colaboración de los litigantes para llegar a distintos acuerdos, pero concluyó que el trámite ordinario no debe entorpecer el proceso

Al ponderar que el trámite civil oral no puede imponerse de oficio por el juzgador en casos no contemplados en la normativa, cuando las partes no prestan conformidad para llevarlo a cabo, la Cámara 6ª Civil y Comercial de Córdoba admitió el recurso de apelación interpuesto por uno de los codemandados y ordenó que el proceso continúe mediante el trámite ordinario.

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