La Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba admitió la casación presentada por la parte actora en contra de la sentencia de la cámara, que había rechazado el recurso de apelación deducido por aquél, en el cual denunciaba que los tribunales de mérito incurrieron en un yerro al tomar el salario mínimo vital y móvil (SMVM) como pauta cuantitativa del resarcimiento del lucro cesante.
Ello así, siendo que en el beneficio de litigar sin gastos (BLSG) resuelto se encontraba debidamente acreditado el ingreso del accionante mediante informativa de la AFIP, provecho en el que participaron todas las partes, con lo cual se respetó, en opinión del tribunal, el principio de bilateralidad.
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