Los demandados conservaban la propiedad en forma ilegítima y, condenados a devolverla, invocaban el derecho de retención basado en arreglos y refacciones que, además, no fueron acreditados en la causa
Al entender que los condenados por juicio de restitución a devolver un inmueble, no fueron considerados como tenedores de buena fe o que tengan la propiedad a través de un título lícito, la Cámara 6ª en lo Civil y Comercial de Córdoba confirmó la resolución de primera instancia y, al ejecutárseles la sentencia para que devuelvan el bien, les rechazó el derecho de retención interpuesto por supuestas mejoras.
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