domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Si no se demuestra la compra con la tarjeta, no se puede cobrarla

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La empresa emisora no probó el origen de la deuda reclamada, que fue negada por el demandado, titular del plástico. A su vez, tampoco se acreditó que se enviara al domicilio de éste el resumen de cuenta respectivo, con lo cual no podía pretenderse que la impugnara en tiempo y forma

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