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Se oponen al sobreseimiento de supuesto inimputable que apuñaló a dos mujeres

29 marzo, 2023
Descartan que un hombre que trató de matar a su ex mujer sea inimputable

PANDEMIA. El hecho ocurrió en plena crisis sanitaria.

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La defensa planteó que su asistido no puede enfrentar un juicio. La fiscalía no coincide y requirió que el debate se suspenda por “incapacidad sobreviniente” y que se hagan informes trimestrales. Dictaminó que hubo un plan criminal

Nicolás Amelotti, a cargo de la Fiscalía General ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional (TOCC) Número 11, se opuso al sobreseimiento de un hombre, quien apuñaló a dos mujeres en un estudio de danza del barrio porteño de Palermo, en noviembre de 2020.

La defensa del imputado, Sebastián Villarreal, reclamó su desvinculación por considerar que es inimputable, con base en un informe realizado por una junta médica.

El fiscal postuló el rechazo del sobreseimiento y dictaminó que debe suspenderse el trámite del proceso penal por incapacidad sobreviniente, un supuesto previsto en el artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN).

Según el requerimiento de elevación a juicio realizado por el fiscal Martín Mainardi, el 10 de noviembre de 2020, cerca de las 16, dentro de la escuela “El Club de Danza”, Villarreal atacó a las dos víctimas con un cuchillo de carnicero con la intención de quitarles la vida.

Según se estableció durante la instrucción, el hombre ingresó al lugar una hora antes de que comenzara la clase. La recepcionista del lugar le había pedido que esperara afuera.

No obstante, Villarreal fue al baño varias veces hasta que salió con una cuchilla en la mano y comenzó a perseguir una la profesora, quien se dirigió entonces a un salón donde estaba una de las dueñas del lugar.

A pesar de que varias personas intentaron detenerlo, el encartado las atacó. Las heridas que les ocasionó fueron graves y generaron abundantes hemorragias que pusieron en peligro la vida de ambas mujeres.

Finalmente, la policía le disparó en un muslo a Villarreal y lo redujo.

Tras la elevación a juicio, el caso llegó al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Número 11, que el año pasado dispuso que se hiciera una junta médica para que los profesionales respondieran si el imputado comprendía la criminalidad del acto al momento de los hechos y si estaba en condiciones de participar del proceso, entre otros puntos.

Discapacidad intelectual
A comienzos de marzo se presentó el peritaje, que indicó que Villarreal presentaba “un cuadro psicopatológico compatible con discapacidad intelectual de grado moderado con proclividad a descompensaciones psicóticas, compatible con una insuficiencia de las facultades mentales y alteración morbosa de las mismas”.

Estableció además: “Es verosímil que no haya poseído la autonomía suficiente para comprender y dirigir su conducta al momento de los hechos investigados”.

Advirtió también de “indicadores de falta de aptitud psíquica para participar del proceso penal y participar en forma activa y adecuada de su defensa”.

Con base en el peritaje, la defensa solicitó el sobreseimiento.

En su dictamen, Amelotti consideró que no correspondía desvincular definitivamente a Villarreal del proceso.

Señaló, en primer lugar, que llegó a la academia de danza desde su casa en Berisso, ubicada a unos 68 kilómetros de distancia. “El día del hecho se trasladó hasta el lugar por sus propios medios, munido de dos elementos idóneos para poner en peligro la vida y la integridad física de terceros (cuchillos, uno de ellos de gran tamaño), los que trasladó en el interior de la mochila secuestrada en autos, es decir, en un lugar exento de la mirada de terceros”, resaltó.

“En ese sentido, que Villarreal arribara al lugar una hora antes del inicio de la clase; sus sucesivos ingresos y egresos del baño, evidenciando una actitud de espera, y el hecho de que tuviera consigo dos cuchillos indican a la clara una premeditación. Una orquestación previa del plan criminal y un viaje hasta el lugar”, sostuvo el agente.

Bajo esas premisas, argumentó que no podían desconocerse las circunstancias que giraron en torno al episodio, que permiten inferir que el hombre “ideó el plan delictivo y lo llevó adelante valiéndose de una herramienta útil e idónea para aquel fin”.

“Se valió de un cuchillo de grandes dimensiones para reducir, amenazar, lesionar e intentar dar muerte a Julieta Antón y a Sofía Bovino, lo que no logró concretar -a pesar de sus airados avisos de que las mataría- merced a la intervención de personal policial que acudió rápidamente al escenario de los acontecimientos y redujo al causante efectuándole un disparo”, recordó.

El fiscal consideró entonces que el accionar del encausado es incompatible con la conclusión de la junta médica, ya que todo lo señalado indica “algún grado de posibilidad de comprensión de la antijuridicidad y de posibilidad de dirigir sus acciones conforme a esa comprensión”.

“No se puede descartar que, aun con una capacidad de culpabilidad disminuida, el imputado haya actuado, al momento de los hechos, con un remanente de culpabilidad que lo hace merecedor de reproche penal”, explicó.

En otro tramo de su dictamen, Amelotti precisó que la junta no fundamentó el motivo por el cual la patología que padece el imputado a la fecha existiera al momento del ataque. “No se explicó por qué una persona que supuestamente -según se afirma- carece de la capacidad de comprensión y de dirección de sus acciones, pudo realizar todas las actividades que Villarreal desplegó antes y durante el suceso que concentra nuestra atención. Del último peritaje realizado parece poder inferirse que en todos los casos de discapacidad intelectual el sujeto resulta inimputable y ello, como bien sabemos, no es así”, destacó.

Testigos
En ese sentido, recordó la solicitud que hizo el Ministerio Público Fiscal (MPF) para incluir en la nómina de testigos del juicio a tres integrantes del Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (Prisma) -donde está alojado el acusado- y que en enero de este año firmaron un informe en el que sostuvieron que no se le detectaron “alteraciones sensoperceptivas”.

En esa línea, hizo foco también en el trabajo llevado adelante por la Dirección de Medicina Forense del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), que el 12 de noviembre de 2020 (dos días después del hecho) evaluaron al hombre y concluyeron -más allá de apreciar trastornos de orden psicológico y psiquiátrico- que fue capaz de comprender la criminalidad del acto y de dirigir sus acciones.

“Ciertas acciones del imputado; los déficits de fundamentación del informe; lo manifestado por los profesionales que vienen tratando hace dos años a Villarreal en Prisma; la existencia de informes que han dado cuenta de la capacidad de culpabilidad del imputado y la escasa capacidad de abstracción que demanda poder comprender lo injusto de un hecho de la gravedad del que se analiza, me persuaden de la inconveniencia de resolver el caso en el sentido en que lo solicita la defensa”, consideró Amelotti, quien admitió que es fundada la afirmación de los profesionales de la junta médica respecto de la situación actual de Villarreal y la falta de aptitud psíquica para participar de forma activa y adecuada del proceso penal.

Reseñó que reportan que es una persona con pensamiento desorganizado, confuso, incoherente y pueril, “sin conciencia de enfermedad y con capacidad judicativa desviada».

Por ese motivo, estimó que el tribunal debe suspender el trámite del proceso por “incapacidad sobreviniente”, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 77 del CPPN.

Paralelamente, consideró que Villarreal debe ser evaluado trimestralmente para determinar si en algún momento podrá afrontar el debate oral.

Por último, alegó que el hombre debe ser evaluado bajo los términos de la ley 26657 (de Salud Mental) por un equipo interdisciplinario y desde el punto de vista psiquiátrico, psicológico y social, para determinar el tipo y modalidad de tratamiento más adecuado para su cuadro.

Además, entendió que debe darse intervención a la Justicia civil, siempre de acuerdo con la normativa vigente.

Ahora, el TOCC 11 -integrado por Julio López Casariego, Julio Pablo Quiñones y Ana Guzzardi- deberá decidir si rechaza o convalida el pedido del abogado de Villarreal.

Tags: inimputableLey Nacional de Salud Mental

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