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Revocaron la suspensión del juicio a prueba en un caso por contaminación ambiental

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La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso promovido por la titular de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero, Indiana Garzón, y revocó la suspensión del proceso a prueba en favor de Alberto Rocchia Ferro -propietario del ingenio y destilería La Florida, ubicado en la provincia de Tucumán- y de José Ramón Coronel -responsable administrativo del establecimiento-, encausados por, presuntamente, envenenar y/o adulterar agua potable.

En la justicia federal de Santiago del Estero y Tucumán se tramitan distintos expedientes por contaminación ambiental vinculadas a la cuenca Salí-Dulce.

En Santiago del Estero, los hechos por los que Rocchia Ferro y Coronel quedaron procesados motivaron el requerimiento de elevación a juicio por el delito de contaminación ambiental.

En agosto de 2019, el Tribunal Oral Federal de esa jurisdicción le concedió la probation que solicitó la defensa de ambos, a pesar de que ya se había fijado fecha de debate oral. Ello motivó que la fiscal recurriera el fallo.

En su presentación, la agente recordó el carácter vinculante de la oposición que presentó en su momento y destacó que ello no fue tenido en cuenta por el a quo.

“Resulta improcedente una conducta de ejecución condicional para los imputados dada la acumulación de causas, el grado de contaminación del medio ambiente, la gravedad del hecho y del daño causado, la pluralidad de delitos y la conducta desidiosa de los imputados”, destacó.

La investigación se inició con una denuncia realizada por el fiscal de Estado y el defensor del Pueblo santiagueños, quienes expusieron que en el canal de drenaje conocido como «Canal del Este» se había producido el derrame de más de 80 millones de litros de vinaza en estado puro, un derivado del etanol que si no tiene un tratamiento adecuado resulta altamente contaminante, y que el líquido provenía de las instalaciones de “La Florida”.

En la justicia federal de Santiago del Estero y Tucumán se tramitan distintos expedientes por contaminación ambiental vinculadas a la cuenca Salí-Dulce.

Los funcionarios expusieron que los efectos se propagaron desde Tucumán hacia la población de El Palomar, en Santiago del Estero.

Los camaristas Eduardo Riggi, Juan Carlos Gemignani y Liliana Catucci admitieron el planteo de Garzón, revocaron el decisorio y ordenaron que se haga el debate.

Solicitud

En su voto -al que adhirieron sus colegas Catucci y Riggi- el juez Gemignani se expresó sobre la oportunidad de solicitar la suspensión del proceso a prueba y sostuvo que como en el caso fue posterior a la fijación de la audiencia de debate, el Tribunal Oral debió rechazarla de plano.

Asimismo, con relación a la oposición de la fiscalía, reseñó que el artículo 76 bis del Código Penal exige su conformidad, como una “derivación del sistema de enjuiciamiento acusatorio que proclama el artículo 18 de la Ley Suprema”.

En tanto, agregó que “la opinión del fiscal es de suma importancia puesto que en su cabeza pesa el ejercicio de la vindicta pública, como así también el velar por la legalidad del proceso siendo que, al consentir la concesión de la suspensión del juicio a prueba, está renunciando a continuar con el ejercicio de la acción penal”.

Gemignani concluyó expresando que en el caso llevado a su conocimiento aquella oposición -basada en la pena en expectativa, la pluralidad de conductas, el grave daño al medio ambiente, el carácter permanente del accionar delictivo y razones de política criminal- fue “a todas luces razonable y fundada” y que satisfizo los recaudos de motivación exigidos.

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