La ley 24051 prioriza su producción, tratamiento, transporte y eliminación, actividades que sólo pueden ser llevadas a cabo por empresas. La Cámara indicó que, por ello, dispone una responsabilidad accesoria de directivos
La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín (Buenos Aires) confirmó el procesamiento de los representantes legales de una empresa como coautores del delito de contaminación culposa, en los términos de los artículos 45 del Código Penal y 56 de la ley 24051.
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