Con base en los informes contables, el tribunal determinó que la financiación de las operaciones se encareció sin justificación alguna, por lo que la consideró abusiva
Al considerar abusiva la fijación de un interés de uno por ciento mensual acumulativo para la financiación de la deuda en dólares estadounidenses de la compra de un departamento y cochera en el complejo Altovillasol, realizado con la demandada Gama SA, el Juzgado de 20ª Nominación en lo Civil y Comercial de Córdoba ordenó reducir la tasa de aquéllos, así como que se recalculen los términos de los boletos de compraventa celebrados, bajo las pautas de actualización de un interés de ocho por ciento nominal anual, determinándose el valor de cada cuota de modo tal que se pueda determinar la existencia de saldo y, de haberlo, sea en favor de quien corresponda.
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