Al evaluar que existió un principio de fraude laboral, ya que los contratos de explotación tambera asociativa que firmó el demandante carecen de valor porque no sabe leer ni escribir, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba condenó a un grupo de familiares -para el que aquél efectuaba tareas de ordeñador en explotación tambera- a pagarle los rubros indemnizatorios y laborales que prosperaron.
El Alto Cuerpo -integrado por los vocales Luis Eugenio Angulo (autor del voto), Luis Enrique Rubio y Mercedes Blanc de Arabel- reseñó que el a quo había rechazado la demanda al concluir que el trabajador se vinculó con la firma Pautasso Hnos. SA por medio de un contrato asociativo de explotación tambera, contemplado por la ley 25169.
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