El fallo evaluó los agravios que se plantearon en la casación y concluyó que no se perciben los presuntos yerros que permiten recurrir a la vía elegida. También se desestimó la pretensión de los letrados por costas
Al interpretar que la sentencia dictada por la misma Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) no dispuso sobre el fondo del asunto sino que advirtió errores en el razonamiento de la cámara, que obligaba a su revisión, ordenando su reenvío a otra cámara para que la causa sea nuevamente juzgada de acuerdo a la prueba pertinente, ese alto cuerpo consideró que no había punto para aclarar de su sentencia.
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