La Cámara interviniente aclaró que la primera revisión de admisibilidad de la demanda quedó sorteada, más allá de las defensas que oportunamente podrá presentar el demandado El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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Comentario al dictamen 31 de la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial, acerca de la participación de los jueces en la vida social y cultural
En nuestra entrega anterior nos referimos al dictamen N° 30 de la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial (CIEJ), referido al ejercicio de...