La Justicia federal volverá a investigar al presidente de Tarjeta Naranja SA, David Ruda, y a otros miembros del directorio, todos ellos acusados de realizar, en 1999, una serie de maniobras tendientes a evadir el impuesto a las Ganancias por un monto superior a los $ 2,5 millones.
Así lo resolvió la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, luego de declarar la nulidad de la sentencia dictada el 26 de noviembre de 2006 por el juez Federal N°1, Ricardo Bustos Fierro, en la que había dispuesto el sobreseimiento de los nombrados.
Además de la nulidad, los camaristas Luis Roberto Rueda y Abel Sánchez Torres ordenaron apartar a Bustos Fierro de la intervención de la causa.
En su fallo, los vocales de la Cámara Federal consideraron que Bustos Fierro no cumplió con el ordenamiento de las medidas de prueba necesarias para encontrar la verdad de lo sucedido y, por lo tanto, no puede darse por concluida la investigación.
“La situación real que se presenta es que el Juez Inferior, a través de una postura procesal equivocada, llega, con serias deficiencias, a esta decisión definitiva de sobreseimiento.
Ello por no haber agotado la investigación, encontrándose pendiente el diligenciamiento de medidas de prueba que le fueran ordenadas, las que, se reitera, omite sin razón, y donde debe privar la lógica, toma como absolutamente ciertos los dichos de uno de los imputados, acogiéndolos por su sola enunciación”, expresaron los camaristas.
Desestimación
En primer término, la denuncia de la AFIP- DGI contra Tarjeta Naranja fue desestimada por Bustos Fierro el 17 de noviembre de 2005. Un año más tarde, la Cámara Federal- en su entonces integración-, previo recurso de apelación del organismo fiscal, resolvió revocar la resolución impugnada y ordenar a Bustos Fierro que concrete una serie de medidas investigativas, que no habían sido debidamente cumplimentadas.
En ese marco, Bustos Fierro delegó la instrucción al fiscal Federal, Enrique Senestrari, quien procedió a “decretar una sola de las medidas probatorias”. Posteriormente, el magistrado ordenó la recepción de la declaración indagatoria de uno de los imputados. Todo ello ha resultado a todas luces insuficiente para la Cámara Federal, teniendo en cuenta la orden oportunamente dictada.
“El señor Juez decidió, sin actividad probatoria alguna propia de su función instructoria, desincriminar del proceso a los imputados por el solo hecho de tomar como ciertos los dichos volcados en declaración indagatoria por uno de los prevenidos, lo que no condice con la actividad probatoria que el magistrado debió cumplir a los fines del descubrimiento de la verdad real, como principal y único objetivo del proceso penal, considerando en definitiva que el resolutorio debe ser revocado”, concluyeron los vocales.
Maniobra
Según consta en el expediente, la empresa Tarjeta Naranja, a través de sus representantes, habría evadido el impuesto a las Ganancias a través de la realización de maniobras fraudulentas que le permitieron ahorrar $ 2.523.150. Las irregularidades fueron detectadas por la AFIP -DGI – hoy parte querellante en la causa- previas tareas de fiscalización. El fraude se habría consumado a través de la deducción como malos créditos de acreencias que si bien se encontraban en mora, no constituían, a los fines de la deducción especial de las ganancias de tercera