sábado 16, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Quedó al borde del juicio por excederse al corregir a su hija

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La Sala VI de la Cámara del Crimen porteña confirmó el procesamiento de una mujer por las lesiones leves que le causó a su hija.

En el caso, la encartada obligó a la joven a arrodillarse en arroz durante media hora por no cortar con su novio, lo cual le ocasionó laceraciones.

Sin éxito, la defensa apeló, pero la alzada rechazó el planteo señalando que la imputada “no adoptó un comportamiento que se adecue a los límites justos, necesarios y razonables del derecho de corrección de los padres sobre sus hijos menores”.

En esa línea, recordó que esa facultad, contemplada en el artículo 278 del Código Civil, debe ser ejercida con moderación, quedando excluidos los “malos tratos o castigos que provoquen un daño en el cuerpo o en la salud y se adviertan como desproporcionados”.

Por otra parte, respecto a la ausencia de testigos, el tribunal explicó que no debía pasarse por alto que los delitos como el analizado, por sus particulares características, suelen ocurrir en ámbitos de intimidad y reserva, lo que hace dificultosa la recolección probatoria, razón por la cual es necesario darle preeminencia al relato de la víctima. Así, concluyó que la prueba incorporada era suficiente para avanzar en el proceso, sin perjuicio de la discusión más profunda sobre las circunstancias del evento que pueda llevarse a cabo en el debate oral.

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