La encargada titular del Registro de la Propiedad Automotor Jesús María Nº 2 fue procesada por falsedad ideológica e incumplimiento de los deberes de funcionario público por el Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba, “tras haber perfeccionado ilegalmente una transferencia de dominio de un automóvil, otorgando título y cédula correspondiente al mismo, en base a formularios con sellos y firma de escribano apócrifas y copia de documento con un cambio de domicilio inexistente”, según dijo el tribunal, añadiendo que existía en el caso “prueba suficiente que evidencia el conocimiento que la encartada tendría de la inexistencia o falsedad de los domicilios reprochados”.
La acusada, Stella Maris González, negó el hecho que se le endilgó habiendo sido cometido en el año 1999, “tendiente a perfeccionar la inscripción dominial de un vehículo que sería de procedencia dolosa”.
El fallo, igualmente destacó que “en el marco de dicha investigación se tomaron conocimiento de un sinnúmero de maniobras que si bien pueden diferir en parte una de otra, todas tienen en común haber consignado un domicilio inexistente a fin de radicar los vehículos en la jurisdicción del Registro Seccional del Automotor de Jesús María Nº 2”.
“La función que González debería haber cumplido como titular del Registro, es la de ejercer un contralor de los trámites del automotor presentados, valorando si se cumplimentaban los requisitos exigidos en el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Automotor (…) resultando llamativo que en ese Registro se diera curso a un sinnúmero de trámites a distintos usuarios que presentaban idénticos domicilios y en un mismo período de tiempo, más aún cuando algunos de los mismos concurrían en forma habitual”, expresó el fallo.