La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la cautelar dictada por el Juzgado Comercial N° 9 para que la prepaga Medicus SA deje sin efecto el aumento de la cuota del grupo familiar, dispuesto en razón de que una de las afiliadas cumplió 70 años. La medida rige hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
A su turno, la fiscal general Gabriela Boquin planteó que están en juego derechos fundamentales con jerarquía constitucional que hacen “a la dignidad de la persona humana y su protección” y a “la sociedad jurídicamente organizada”.
Así, al analizar las constancias del caso, la agente entendió que se cumplen los requisitos de procedencia de la medida solicitada y que es necesario “preservar y garantizar la prestación del servicio de salud”.
“Los aumentos injustificados y desproporcionados de la cuota del plan sin dudas pueden devenir en la imposibilidad de cumplimiento de pago”, consideró.
En tal sentido, señaló que mediante la cautelar solicitada por los afilados se neutralizan provisoriamente las consecuencias de las subas y se evita un perjuicio en su situación financiera “en medio de un contexto de suma vulnerabilidad e incertidumbre”.
En relación al agravio de la empresa respecto a que los incrementos fueron consentidos por los actores y que no fueron ilegales, ni abusivos, al encontrarse autorizados por el decreto 66/19, la fiscal sostuvo que ello denotaba una incorrecta aplicación de la normativa vigente y de los principios generales y específicos del derecho que rigen en materia de consumo, por cuanto se omitió ponderar la vulnerabilidad de los adultos mayores.
“El usuario queda atrapado por la necesidad de contar la prestación básica de salud y adhiere a términos y condiciones que muchas veces ni los tiene a la vista, y aunque los tuviera, nada podría hacer para negociarlos”, subrayó.
Los camaristas Pablo Heredia y Juan Garibotto coincidieron con los argumentos de la fiscal y ratificaron la decisión de la jueza Paula Hualde en noviembre de 2023.