En el fallo se valoró que la parte accionante presentó el documento a la oficina de Notificadores, aunque luego éste no pudo llegar al destinatario que se pretendía anoticiar
En una incidencia de perención de instancia, la Cámara Contencioso-administrativo de 2ª Nominación de Córdoba no hizo lugar al pedido de perención de instancia formulado por la demandada, Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba, con fundamento en considerar último acto procesal válido de impulsión la presentación de la cédula de notificación ante la oficina de notificadores, por entender que tal gestión revela la intención de activar el avance del procedimiento y que ello reviste eficacia interruptiva, aun cuando la cédula de notificación no fuera diligenciada.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.