martes 3, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ordenan que adolescente viva
con su padre y continúe sin
relacionarse con su progenitora

ENTORNO. El tribunal ordenó que las partes involucradas realicen una terapia familiar.
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El tribunal observó que no están dadas las condiciones para una revinculación con la madre. Determinan que ambos padres realicen terapia conjunta para solucionar sus conflictos

Con sustento en la convalidación de la residencia principal del adolescente en el domicilio paterno, su interés superior y la opinión expresada por él en los diferentes espacios e instancias, el Juzgado 7º de Familia de Córdoba hizo lugar al pedido de modificación de cuidado personal incoado por un padre respecto de su hijo, fijándolo de forma compartida e indistinta, y mantuvo la suspensión del régimen comunicacional con la madre del menor hasta que la terapia indique un cambio individual y relacional.
Asimismo, el tribunal ordenó como medidas de intervención interdisciplinarias que los progenitores participen de terapia familiar sistémica y el sostenimiento de sus espacios terapéuticos individuales.
La jueza Cecilia María Ferrero indicó
que resultaría contrario al interés del joven de 14 años adoptar una resolución sin su opinión, siendo que se pronuncia con claridad y determinación y comunica su deseo de convivir con su padre y manifiesta férrea oposición a su madre, con quien ha interrumpido el contacto por otra conflictiva familiar no resuelta.

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