La mujer no devolvió a los niños a su lugar de origen después de cumplido el plazo acordado con el padre para el regreso. Exhortan a la pareja a mejorar su comportamiento
El Juzgado 1º en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Villa Carlos Paz ordenó la restitución de dos niños a Italia, con fundamento en el Convenio de la Haya de 1980, al por tener acreditado que habían sido ingresados a Argentina por su madre, quien omitió devolverlos a su país de origen una vez vencido el término de estadía que había acordado con el padre, por lo que resultaba ilícita su permanencia en este país.
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