Al advertir que la demandante no incorporó en tiempo las imágenes extraídas de “Google Maps”, con las que pretendía probar que la señal de “Pare” por la cual se la consideró culpable del accidente al no respetarla no estaba colocada en la intersección al momento del siniestro, la Cámara 9ª Civil y Comercial de Córdoba confirmó la sentencia en su contra.
El tribunal integrado por los vocales Jorge Arrambide, Verónica Martínez y María Mónica Puga indicó que la principal queja del apelante reprochaba que el a quo partió de una premisa falsa -la existencia del cartel en cuestión-, lo que derivó en una conclusión errónea (la culpa de la víctima).
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