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El debate acerca de la legalización de las drogas

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Por Luis Carranza Torres (*) y Carlos Krauth (**)

No es una discusión nueva. Tampoco ocupa los primeros planos de la preocupación pública, aunque -cíclicamente- se instala en la consideración general por algún tiempo. La controversia al respecto se centra fundamentalmente en la marihuana, siendo un tópico ya instalado en las sociedades democráticas. No sólo se discute acerca de los beneficios medicinales que puede ocasionar su consumo sino también si su uso recreativo perjudica o no la salud de los consumidores.

En el fallo “Arriola”, de 2009, la Corte Suprema de Justicia de la Nación expresó que es inconstitucional castigar a una persona adulta por tener y consumir marihuana si no pone en peligro a terceros. Proteger la libertad personal y que no había adicción demostrada en el caso, fueron los argumentos para resolver en tal forma. Sin embargo, no se pronunció sobre la despenalización y dispuso: “Exhortar a todos los poderes públicos a asegurar una política de estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes y a adoptar medidas de salud preventivas, con información y educación disuasiva del consumo, enfocada sobre todo en los grupos más vulnerables, especialmente los menores, a fin de dar adecuado cumplimiento a los tratados internacionales de derechos humanos suscriptos por el país”. Dicho fallo se dictó en un caso en el que quedó firme la condena a los traficantes. 

De hecho, al publicarse la noticia del fallo en el Centro de Información Judicial, órgano de difusión de las sentencias del Poder Judicial nacional, se la tituló “La Corte no ordenó la despenalización general del consumo de marihuana”. En el cuerpo de la nota, bajo el subtítulo “Límites del fallo”, se puntualizó: “1. La Corte no se expidió ni legitimó el consumo con ostentación hacia terceros, ni aquel con intención de comercializar, y sólo se refirió a la marihuana. Los condenados tenían marihuana y no hacían ostentación de la droga, ni había peligro para terceros, ni había adicción demostrada, ni hubo evidencia alguna acerca de que tuvieran intenciones de comercializarla. 2. No se consagró un permiso legal para consumir indiscriminadamente sino sólo en el supuesto que definió con rigor. 3. No se adoptaron posiciones sobre la conveniencia de la sanción penal del consumo de drogas o su despenalización”.

Como puede verse, nada está dicho desde los estrados judiciales. Se da allí el mismo debate que en la sociedad misma, pero en clave jurídica.

A favor de la legalización se suele argüir los beneficios medicinales, impositivos (aumento de la recaudación), la reducción de la violencia y la actuación de los grupos de criminalidad organizada, y el reconocimiento al ejercicio de la libertad individual entre otras razones.

En muchas sociedades, su legalización se toma como un avance de las libertades individuales, por lo que es recibido por algunos sectores con beneplácito. Algo de esto sucedió recientemente en Alemania, en donde hace pocas semanas el Estado eliminó la prohibición de la plantación y consumo con ciertas condiciones para los adultos, lo que produjo la reacción de especialistas en salud quienes alertaron acerca de los peligros que su consumo (especialmente recreativo) genera en las personas.

Uno de estos estudios fue presentado por una de las empresas de salud más grandes de aquel país la Kaufmännische Krankenkasse (KKH). En dicho documento, la empresa fundada en 1890 dio a conocer que el número de personas que acudió al médico por problemas de salud derivados del consumo de cannabis se triplicó en los últimos diez años. 

Según los datos publicados en el periódico Argentinisches Tageblatt, “en 2012, fueron atendidos algo menos de 1.300 casos de personas aseguradas en KKH para tratamiento ambulatorio por intoxicación aguda, adicción, síndrome de abstinencia o problemas psicológicos causados por cannabinoides. En 2022, fueron unos 4.000 casos, informó ahora la KKH. Extrapolado a la población total, esto supone un aumento de 65.400 en 2012 a 209.000 casos en 2022, señaló la empresa. Para su análisis, la compañía con sede en Hannover evaluó los datos de sus 1,6 millón de asegurados”.

Una de las cuestiones que preocupa particularmente son los problemas generados en niños y adolescentes, ya que el número de casos prácticamente se duplicó, pasando de 5.600 a unos 11.300, los que pueden resultar aún más ya que esa información surge solo de los datos brindados por médicos ambulatorios.

Entendemos que esta es una discusión genuina, en la que sin dudas hay que diferenciar el caso del uso medicinal, del supuesto del uso recreativo. En el primer caso entendemos que, cuando es un médico quien fundadamente la receta, su uso es más que plausible. Mientras que, en el segundo supuesto, la discusión debe ser más profunda, y la solución al debate debe basarse en evidencia científica, y no en ideologías parcializadas. 

La salud es un bien (y un derecho) de los más importantes que tenemos los seres humanos, por lo que no puede dejarse en manos de modas o consideraciones políticas. La solución como dijimos debe basarse en constataciones científicas, como única forma de brindar la objetividad que requiere el tratamiento de este tipo de cuestiones.

(*) Abogado. Doctor en ciencias jurídicas

(**) Abogado. Doctor en derecho y ciencias sociales

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