La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal le ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) que les abone la Asignación Universal por Hijo o por Embarazo, según sea el caso, a mujeres privadas de su libertad.
En agosto del año pasado, la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la decisión del juez de grado que rechazó el hábeas corpus presentado por la Procuración Penitenciaria de la Nación y por la defensora oficial Gabriela Macedo. Ahora, por mayoría, el máximo tribunal penal admitió los recursos presentados por los representantes de las internas y revocó el fallo recurrido, haciendo lugar al planteo y ordenándole a la Anses que, según la normativa aplicable, le otrorgue los beneficios de la ley 24714 al colectivo accionante.
Casación valoró que la negativa a concederles a las mujeres las asignaciones que reclamaron, por el hecho de estar privadas de su libertad junto a sus hijos, a quienes el Estado les proveería de todo lo necesario, según se alegó, o por no considerarlas beneficiarias, configuraba un agravamiento ilegítimo de las condiciones en que cumplen sus condenas, por ser contrario a la ley y resultar una discriminación arbitraria.
“La acción resulta la vía idónea para perseguir la corrección de situaciones que afectan las condiciones de ejecución del encierro, si se considera la especial situación en la que se encuentran las personas privadas de su libertad a los efectos de peticionar ante las autoridades”, plasmó el voto mayoritario.