Declararon inconstitucional e inconvencional el régimen de licencias de la ley laboral por no contemplar esa situación durante la etapa de guarda con fines de adopción. Ordenan a la Anses y a la empleadora que garanticen tal concesión durante esa etapa
El juez Alejandro Siderio, del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 82 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad, por omisión, del régimen de licencias de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) porque no contempla la maternidad/paternidad durante la etapa de guarda con fines de adopción.
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