El monto pactado databa de tres años y era insuficiente para las necesidades de la menor de edad, quien -además- requiere tratamiento psicológico y médico por lo vivido
Con sustento en los más de tres años que pasaron desde que se acordó una suma fija en concepto de cuota alimentaria; en que el padre obligado tiene capacidad laboral para incrementar sus ingresos y en que -después de ser denunciado por violencia sexual contra su hija- la madre tuvo que encargarse del cuidado total de la niña, además de asistirla para un tratamiento psicológico, el Juzgado de Primera Instancia de Familia de 5ª Nominación de Córdoba elevó a 40% del salario mínimo vital y móvil (SMVM) la mensualidad que debe pagar el progenitor.
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