sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La prueba anticipada no caduca como la medida preparatoria

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La Cámara Multifuero de 1ª Nominación de Río Cuarto sostuvo que la pérdida de validez que se
opera al no interponer la demanda dentro del plazo de 30 días estipulados para una demanda
ordinaria no se aplicaba en tales casos

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