El fallo rechazó la defensa argumentada por el Estado, respecto de que se haya acreditado la culpa de un tercero en la mecánica del siniestro, lo que habría quebrado el nexo causal
Al sostener que se indicaron los presupuestos de responsabilidad civil de la empleadora cuando el actor sufrió un accidente de tránsito mientras conducía por una ruta serrana en cumplimiento de su tarea de inspector de turismo, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió la casación presentada por parte actora y rechazó que se haya acreditado la eximente de culpa de un tercero, condenando a la Provincia al pago de lucro cesante pasado y futuro, mas daño moral.
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