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La Justicia no debe analizar hechos propios del debate público

LAPIDARIO. El fiscal se expresó en duros términos sobre el denunciante.
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En su dictamen, el representante del Ministerio Público también brindó un argumento técnico-jurídico, al indicar que los hechos adjudicados al actor Juan Acosta y a otras personas serían, en todo caso, “actos preparatorios” de un eventual delito

Al analizar la denuncia que un particular presentó ante la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (Ufeci), a cargo de Horacio Azzolin, en contra del actor Juan Acosta y de otras personas que convocaron a una marcha para protestar contra las restricciones a las actividades y a la circulación en el marco de la cuarentena -las cuales definieron como “infectadura”- el fiscal Federico Delgado dictaminó en contra de que se abra una causa penal.

En su momento, Azzolin le envió el planteo a la Cámara Federal para que se sorteara qué juez debía intervenir, y resultó designado Daniel Rafecas.

Delgado promovió la desestimación de la denuncia al considerar que no hubo delito. Ahora, resta que el magistrado cierre el caso.

El agente se basó en dos argumentos. Uno técnico-jurídico, que indica que los hechos adjudicados a Acosta serían, en todo caso, “actos preparatorios” de un eventual delito futuro. El otro, medular, se centra en que a la Justicia penal no le corresponde analizar episodios propios del debate público. “No hay hechos susceptibles de generar una causa”, sostuvo.

“Pensemos, hipotéticamente, lo que sería la vida social si frente a cada acción y a cada discurso debiéramos enfrentar al derecho penal. Sería, seguramente, una sociedad habitada por la paz de los cementerios y en la que la vida organizada en base a derechos sería una quimera”, enfatizó Delgado.

Asimismo, recordó que el Ministerio Público Fiscal “debe velar por el interés social en que los delitos sean esclarecidos, pero también por buen orden de los procesos legales”, y acotó que las expresiones sobre las que se edificó el agravio “no trascienden la gama de posibilidades derivadas de esa maravilla con que cuentan todas las personas nacidas en nuestro país que llamamos derechos”.

“Parte de la magia de los derechos tiene que ver con poder expresar lo que pensamos y exponernos frente a nuestros pares por ello. Pero no toda exposición admite que se inicie un expediente penal”, resaltó.

En tanto, consideró que el denunciante tenía “profundos desacuerdos y fuertes juicios estéticos, políticos e ideológicos” con respecto a las intervenciones de Acosta en las redes sociales y “frente a las visiones del mundo del resto de las personas que menciona”, pero aclaró que ello de ninguna manera permitía la apertura de una causa en el sentido del artículo 116 de la Constitución Nacional.

“No existe un hecho con rasgos delictivos que justifique poner en marcha el ejercicio de la acción penal como presupuesto legal de una eventual sanción judicial”, enfatizó Delgado.

Bajo esa premisa, escribió: “Creo, honestamente, que el agravio del denunciante merece un profundo debate público. Una discusión que debe incluir si es moralmente lícito denunciar todo lo que no nos gusta. Pero ese debate no se puede dar en un expediente penal. A la hora de proponer una solución procesal para el expediente, escojo la vía que contempla el artículo 31 de la ley 27063 que permite no ejercer la acción penal, porque integra desde hace unos meses las chances que suministra el Código Procesal Penal de la Nación”.

“Es evidente que no hay un interés público en perseguir a las personas por lo que piensan o porque lo que dicen individualmente. El interés público del que habla la ley es de la comisión de delitos y aquí no se cometieron delitos. Los esfuerzos que en ese sentido realizó el denunciante no pasó el límite de la especulación. No se trata en este caso de una organización articulada para conmover los cimientos de la república en base a la difusión de mensajes falsos utilizando, por ejemplo, las redes sociales. Si existe alguna afinidad entre los hablantes, según la lectura minuciosa de la denuncia, esa afinidad parece ser solamente ideológica y lo que las personas piensan no puede ser sometido a las leyes penales”, añadió.

Voces críticas

Cuando trascendió la presentación de la denuncia, Acosta sostuvo que la intención de su promotor era acallar las voces críticas y dijo que no iba a llamarse a silencio. De hecho, no lo hizo, y en la red social Twitter su situación se convirtió rápidamente en trending topic. Recibió apoyo y el término “infectadura” también fue tendencia, ya que miles de usuarios la usaron para manifestarle su respaldo.

“La palabra es un canal de la democracia. Si no se puede utilizar la palabra no se puede utilizar nada. A mí me apuntan desde hace rato porque critico al gobierno”, argumentó Acosta, adversario del oficialismo.

Paralelamente, varios diputados nacionales de la oposición, que firmó la carta pública (ver “La palabra”) denominada “La democracia está en peligro”, se autodenunciaron a fin de que también los investigaran. Se trata de los legisladores Waldo Wolff, Alberto Asseff, Fernando Adolfo Iglesias, Luis Pastori, Adriana Ruarte y Héctor Stefani.

“A tres meses de iniciada la cuarentena no existe ninguna justificación que ampare el empleo de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para perseguir penalmente a quienes pretenden manifestarse”, expresaron, y añadieron: “No podemos consentir que esa circunstancia sea utilizada para erradicar el disenso ni suprimir las garantías constitucionales a la libre expresión y al derecho de peticionar ante las autoridades. Por las razones expuestas, y de entender el fiscal que existe alguna conducta que deba ser investigada, solicitamos que se nos incluya entre los imputados”.


La palabra

-La palabra “infectadura” surgió a fines de mayo, de la carta titulada “La democracia está en peligro”, que se hizo viral.

-El documento fue redactado por artistas, intelectuales, periodistas y científicos como Luis Brandoni, Eduardo Antín (Quintín), Juan José Sebreli, Santiago Kovadloff, Darío Lopérfido, y Sandra Pitta, todos ellos afines a la administración nacional anterior.

-Los firmantes sostuvieron que la Argentina vivía una “infectadura” y expresaron que la democracia estaba en peligro “posiblemente como no lo estuvo desde 1983”.

– “El equilibrio entre los poderes ha sido desmantelado”, argumentaron además, los autores del texto.


“Pensemos, hipotéticamente, lo que sería la vida social si frente a cada acción y a cada discurso debiéramos enfrentar al derecho penal. Sería, seguramente, una sociedad habitada por la paz de los cementerios y en la que la vida organizada en base a derechos sería una quimera”.

(Del dictamen del fiscal Delgado).

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