La magistrada ordenó el archivo de la denuncia entablada por la viuda del policía asesinado. Descartó que el funcionario judicial no haya resguardado la escena del crimen.
La jueza de Control en lo Penal Económico Nº 1 de Córdoba, Ana María Lucero Offredi, dispuso desestimar y ordenó el archivo de la denuncia formulada por Roxana Luna (viuda del ex oficial Juan Alós) contra el fiscal de Instrucción de Alta Gracia, Emilio Drazile.
La denuncia señalaba “la probable comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad y encubrimiento agravado” y abarcaba la actuación de los policías que habrían trasladado el auto y lavado su interior. Los hechos denunciados se referían a la presunta responsabilidad del fiscal por apartarse de los protocolos de actuación, al abrir personalmente el vehículo, apagar las luces, detener la marcha del motor, confirmar el fallecimiento, no arbitrar los medios para que los gabinetes técnicos trabajaran con personal idóneo y la sospecha de haber entregado el automóvil en el que fue hallado Alós para facilitar la eliminación de prueba.
En la sentencia, que quedó firme, la magistrada ratificó las conclusiones a las que ya había llegado el Fiscal de Instrucción del Distrito 3, Turno 5, quien consideró que no correspondía llevar adelante una investigación jurisdiccional contra Drazile.
La jueza destacó que el fiscal de Alta Gracia sí adoptó “los resguardos posibles necesarios para evitar la contaminación de la escena” en que fue hallada el cuerpo de Alós. Además, quitó toda relevancia al hecho de haber apagado el motor y las luces del automóvil en el que fue encontrado el cuerpo. “A la hora y media de encontrarse el motor encendido con el automóvil quieto en el lugar del hecho, no se advierte cuál pudiera ser la utilidad de que continuara en marcha. Por el contrario, la prudencia aconsejaba su detenimiento, sobre todo previendo que, de continuar, podría producirse alguna falla mecánica que terminara dañando el automóvil, y quizás haciendo peligrar las pruebas que podría obtener Policía Judicial (que no había llegado aún al lugar)”, esgrimió.
Gabinetes especializados
La magistrada recordó que “cada uno de los gabinetes especializados actuó en el lugar del hecho, recolectando las pruebas relevantes a fin de esclarecer la muerte de etiología dudosa investigada, desarrollando sus tareas específicas dentro y fuera del automóvil, antes y después de haber levantado el cuerpo del occiso”.
Tras explicar que “toda la prueba considerada relevante fue recabada por los equipos técnicos de Policía Judicial”, Lucero Offredi insistió: “Así como se levantó el cordón criminalístico, quedando el lugar habilitado para la circulación, y se trasladó el cuerpo, también quedó el móvil en condiciones de ser entregado, porque no existía a juicio de los expertos otra prueba que requiriera relevamiento o pudiera alterarse o perderse”.
Luego, la jueza agregó que “si el vehículo resguardado ya había sido examinado por el cuerpo de Secretaría Científica, y habían sido secuestrados todos los objetos que podrían revestir interés para la investigación, no se advierte impedimento para devolverlo”.