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Seguirá detenido por agredir y hostigar a su ex mujer

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El juez rechazó el pedido de libertad del acusado, pese a que no tiene antecedentes y que la condena puede ser de ejecución condicional.

El juez de Control de Jesús María, Oscar Patat, rechazó el pedido de recupero de libertad solicitado por un hombre que está siendo investigado por agredir a su ex pareja y hostigarla a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto intimidantes.

Al detenido también se le atribuye la confección y la distribución en un espacio público de un “panfleto” con expresiones denigrantes hacia la víctima.

Pese a que puede resultar procedente una condena condicional, puesto que la escala penal aplicable parte de dos años de prisión y a que el imputado carece de antecedentes computables, el magistrado entendió que el otorgamiento de la libertad genería “peligro para el proceso”.

Desobediencia
Concretamente, valoró que el solicitante desobedeció “sistemáticamente” las órdenes a la autoridad judicial, que le restringió tanto sus posibilidades de comunicación con la damnificada como su presencia en el domicilio personal o laboral de su ex pareja.

El magistrado enfatizó que el imputado fue “contumaz en el proceso, perturbó a la víctima, comunicándose con ella de modo amenazante, violando órdenes de restricción, coaccionándola, lesionándola en un primer momento y, por sobre todo, sorteando las condiciones, que expresamente conocía que debía cumplir, para mantener su libertad antes otorgada”.

Además, agregó que el caso era “un claro ejemplo de peligro procesal concreto” puesto que la víctima, los testigos de la causa, el juez competente en Violencia Familiar, el fiscal y el imperio de la ley fueron “dejados de lado por el imputado”.

En su fallo, Patat destacó que la amenaza de privación efectiva de libertad en caso de incumplimiento de las medidas sustitutivas (órdenes de restricción e incomunicación con la víctima) fue totalmente inocua e inobservada por el acusado con conciencia y voluntad. “Su voluntad de violarlas y su persistencia en ello resultan indiscutibles”, sintetizó.

El fiscal interviniente encuadró las conductas atribuidas al imputado en los delitos de lesiones leves calificadas, desobediencia a la autoridad y coacción, en concurso real; desobediencia a la autoridad reiterada (tres hechos), en concurso real, y desobediencia a la autoridad, todo en concurso material.

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