Admiten la apelación de la parte demandada y revocan una resolución de grado que rechazaba un incidente de perención por la ausencia de la rúbrica en el poder que legitimaba a la abogada
La Cámara 1ª de Familia de la ciudad de Córdoba hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en un juicio de alimentos y revocó la resolución que rechazó un incidente de perención de instancia al considerar que la letrada apoderada no estaba legitimada para hacerlo, puesto que el poder apud acta incorporado en la causa no había sido certificado por el secretario del juzgado.
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