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Juegos de azar clandestinos: la Justicia de Mar del Plata ordenó embargos millonarios

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El juez Santiago Inchausti dictó la prisión preventiva de cinco imputados y dispuso el decomiso anticipado de los fondos de una cuenta exchange -de una plataforma de criptomonedas- perteneciente a uno de los acusados. En el caso se aplicó la reciente reforma al tipo penal de lavado, que incorporó los “activos virtuales”

El juez Federal N°3 de Mar del Plata, Santiago Inchausti, ordenó el procesamiento de nueve personas – entre ellos una funcionaria de la Aduana- acusados de ser miembros u organizadores de una asociación ilícita que tenía como objeto, entre otros, la comercialización de elementos electrónicos y teléfonos de alta gama ingresados de contrabando, la administración, operación y captación de juegos de azar en línea sin la debida autorización, y la puesta en circulación del dinero proveniente de las actividades ilícitas.

El juez dispuso además la prohibición de salida del país de tres personas y citó a prestar declaración indagatoria a otro imputado, mientras que otras dos personas permanecen prófugas. Además, dispuso embargos de entre 100 millones y 10 mil millones de pesos.

La  investigación se inició en septiembre del año pasado a partir de una denuncia anónima realizada ante la Policía Federal por medio de un correo electrónico. Allí se brindaron algunos nombres y domicilios, además del relato de actividades ilícitas vinculadas a un posible contrabando de aparatos telefónicos, con posible vinculación de funcionarios de la Aduana. En el devenir de la investigación, la fiscalía solicitó la ampliación del objeto procesal por la posible comisión de otros delitos, tales como el lavado de activos y la promoción de casinos clandestinos en línea.

En efecto, dos de los imputados fueron procesados por el delito de lavado de activos, conforme la aplicación de la reforma del tipo penal, introducida por la ley 27739, que incorpora el concepto de “activos virtuales”.

A fin de aclarar el alcance de la figura de lavado de activos respecto de las criptomonedas, el juez tuvo en cuenta la incorporación, dentro de los elementos típicos de la figura de lavado de activos, de la mención de “otros activos”, así como la expresa definición de “activo virtual”.

Otros dos imputados están acusados del delito de administración y explotación de juegos de azar, sin la debida autorización.

De acuerdo con la resolución judicial, los acusados habían dispuesto una distribución de roles y llevaban adelante diversas conductas en forma conjunta y/o alternada, para lo cual también se habrían valido de la creación de al menos 10 sociedades, algunas de ellas aparentemente sin actividad real, o bien con una actividad distinta -total o parcialmente- a la declarada con el objeto de facilitar las conductas delictivas de la organización.

Juegos clandestinos en línea

Además de la importación, ofrecimiento y venta al público de aparatos de tecnología y teléfonos celulares de alta gama, en infracción al Código Aduanero, los activos ilícitos provendrían también del juego clandestino en línea, se indicó en la resolución judicial.

El principal acusado de la organización -que permanece prófugo- junto a dos hijos y una persona más están imputados por haber administrado una página web de juegos de azar sin autorización, mediante la utilización fraudulenta de la marca de una casa de apuestas reconocida, que incluye apuestas deportivas. El juez Inchausti destacó en la resolución la creciente preocupación social frente a la proliferación del juego ilegal en línea, principalmente entre las personas menores de edad, lo que ha llevado a distintos actores sociales a adoptar medidas sobre este fenómeno.

Las maniobras de lavado

Además del presunto líder de la organización, dos de los acusados están imputados de haber desplegado maniobras tendientes a poner en circulación las ganancias ilícitas obtenidas y de justificar el incremento patrimonial a través de múltiples operaciones con criptoactivos, que representan movimientos por sumas millonarias, al menos desde 2021.

Entre estas maniobras se destacan múltiples depósitos y transferencias recíprocas entre sí, lo que, de acuerdo a la valoración de la prueba reunida, fue dificultando la trazabilidad y confundiendo los patrimonios.

Entre otros aportes, la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) contribuyó a brindar las herramientas para el congelamiento de la cuenta exchange de uno de los prófugos, cuyo decomiso anticipado fue dispuesto por el juez.

El juez reparó en el uso de billeteras virtuales, que en principio quedan fuera del sistema bancario tradicional, y la ausencia de controles que, en consecuencia, esto implica ante la escasa regulación vigente: “El uso de criptoactivos (…) facilita el pseudo anonimato de las operaciones realizadas, la difícil trazabilidad y la posibilidad de operar transnacionalmente con los fondos sin ningún tipo de restricción”, indicó Inchausti.

En ese marco, se ordenó el decomiso anticipado de los fondos de la cuenta exchange vinculada al principal acusado por una suma total de 28.589,26 USDT, “a los fines de garantizar la eventual reparación patrimonial y recupero del dinero ilícito”.

Según la valoración realizada tanto por el Ministerio Público Fiscal como por el juzgado federal, estos movimientos de dinero y el nivel de vida de los acusados no se encontrarían justificados a partir de una actividad legal y registrada, ni con la situación patrimonial declarada ante los órganos de fiscalización.

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