La Corte Suprema precisó que entre todos los intereses en juego se impone el del sujeto más vulnerable. La infante pasó prácticamente toda su vida -de los nueve meses a los 11 años de edad- en el hogar de los integrantes del matrimonio guardador
Por priorizar la estabilidad afectiva y social de una infante, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) admitió una queja y declaró procedente el recurso extraordinario deducido por los guardadores de la niña, a quienes les otorgó su adopción simple pese a que el trámite estuvo viciado.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a