La Sala 2ª de la Cámara de Trabajo de Córdoba condenó a una empresa al pago de la indemnización por despido, que calificó de discriminatorio, y ordenó un resarcimiento equivalente a 13 sueldos, al tener por verificado que el motivo de la cesantía fue el deterioro de salud del trabajador, situación que lo dejó en situación de vulnerabilidad casi absoluta.
El fallo apuntó que el empleado sufrió un ACV, por el cual debió ser operado de urgencia y mantener reposo laboral por el término de seis meses, aclarando que a la postre su recuperación fue total, sin pérdida de motricidad o lucidez mental.
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