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Haber navegado durante Malvinas no implica derecho a beneficio vitalicio

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En la causa “T., H.. y otros c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa”, el procurador fiscal subrogante ante la Corte Suprema, Marcelo Sachetta, se pronunció a favor del fallo que rechazó reconocerle beneficios previsionales a un grupo de civiles que alegaron que participaron de la guerra de Malvinas.
Para el funcionario, los actores no acreditaron haber operado bajo riesgo de combate, aunque fuera temporariamente, en el teatro de operaciones.
A su turno, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata revocó lo resuelto en la instancia anterior y rechazó el reconocimiento de los beneficios de la ley 23848 y sus reformas.
La alzada adujo que los accionantes no lograron probaron sus dichos; es decir, que navegaron en zonas y en fechas peligrosas y que prestaron servicios o funciones de apoyo.

Pesquero
Al acudir ante la Corte, los recurrentes reiteraron que zarparon en el buque de pesca Margot con destino a Puerto Deseado y que navegaron por las aguas pertenecientes al Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), asegurando que permanecieron en esa ciudad, a las órdenes de la Marina, hasta que ésta requisó el buque y envió a toda la tripulación por tierra a  Mar del Plata. Si bien el Estado reconoció la fecha de zarpada del pesquero, negó que haya cumplido tareas de apoyo o servicio, admitiendo solamente que el buque fue incautado para participar de la operación Relámpago, que transportaría carga y víveres a las islas Malvinas, la cual que nunca se concretó por el cese del conflicto.
La Justicia valoró que el derrotero de la embarcación fue siempre costero y que, al no haber incursionado en el TOAS, a los demandantes no les correspondía la pensión.

Precedente
Según el procurador, las cuestiones materia de recurso hallan suficiente respuesta en el dictamen recaído en los autos “Arfinetti, Víctor Rugo cl Estado Nacional”, reseñando que en ese precedente se dijo que las disposiciones que regulan beneficios para quienes intervinieron en la guerra de Malvinas definen como “combatiente o veterano” a los militares que tuvieron una actuación efectiva en los combates habidos en los teatros de operaciones, o a los civiles que hubieran estado destinados allí para apoyar el esfuerzo bélico, desde que “propenden a reivindicar y reconocer esa participación activa en la conflagración”.

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