lunes 18, noviembre 2024
lunes 18, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Frente a reiteradas ausencias de la trabajadora, consideran extinto tácitamente el contrato laboral

ESCUCHAR

En una reciente decisión, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba revocó un fallo que había dado lugar a una demanda laboral y rechazó la acción entablada por la actora, quien reclamaba indemnización por despido indirecto. 

Los jueces Luis Eugenio Angulo -autor del voto-, Domingo Juan Sesin y Luis Enrique Rubio consideraron que se configuró la extinción tácita del contrato de trabajo conforme al artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), concluyendo que la relación laboral finalizó debido a la inactividad prolongada de la trabajadora a raíz de un incidente en el lugar de trabajo.

Apoyá el periodismo especializado e independiente

Este contenido es exclusivo para suscriptores.

Accedé a todo nuestro contenido

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?