El TSJ cordobés tuvo en cuenta la actitud de la parte actora, aunque ésta erró el camino elegido al solicitar la gratuidad del proceso basado en la Ley de Defensa del Consumidor, con sustento en que había demostrado en esa vía que carecía de ingresos para solventar la causa El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.