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Eximen a súper de indemnizar a un trabajador

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Se eximió a Disco SA de indemnizar a un despostador de carne que padecía de una enfermedad inculpable y se calificó a su conducta de violatoria de la buena fe, debido a que el ex empleado no aceptó la reubicación laboral propuesta por la empresa, por preferir atender un quiosco en su casa.
La decisión fue adoptada por la Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba, integrada por Carlos Alberto Federico Eppstein, en la cuestión protagonizada por Víctor Marcelo Adiani, quien cumplía funciones como despostador de carne en la sucursal 431 -centro de distribución- hasta que, por padecer de una enfermedad ajena a causas laborales, se lo intentó reubicar en otro sector que resultaba beneficioso para el trabajador.

El magistrado destacó que “ha quedado plenamente acreditado que en razón de la disminución parcial sobreviniente de la enfermedad inculpable que afecta a Adiani, su empleadora demandada en autos cumplió con la exigencia legal dispuesta en la norma en cuestión” -artículo 212 2º párrafo de la ley 20744-.
“Ello fue tan así, que pudo reubicarlo en el puesto de atención al público y ventas que había vacante en su sucursal de Recta Martinolli que, para más, estaba próxima a su domicilio”, señaló el vocal.
Sin embargo, se subrayó que fue el actor quien luego de trabajar un par de días se negó a continuar haciéndolo, argumentando para ello “tener un quiosco en su casa que atiende su señora”, negocio en el que ayudaba.

Argumento

“Nótese que el argumento del actor para rechazar la reubicación que en cumplimiento de la exigencia legal había llevado a cabo la empleadora no fue otro que el de ‘dar una mano a su señora en la atención del quiosco los sábados y domingo’, lo cual (…) resulta vacuo, insustancial y por ende violatorio al principio de buena fe establecido en el artículo 63 del RCT en cuanto lo obligaba a ajustar su conducta a lo que es propio de un buen trabajador al ejecutar el contrato de trabajo”, enfatizó Eppstein. Por ello, se concluyó que “con los argumentos hasta aquí desarrollados a mi juicio, ya es suficiente para rechazar la demanda”.

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