La empresa negó su responsabilidad pero convencieron a los jueces las tareas posteriores al deceso que efectuó personal de la empresa en todas las viviendas del barrio donde ocurrió la tragedia
Al evaluar la responsabilidad de la demandada EPEC, derivada del deber de seguridad que debe brindar a los consumidores, lo cual implica, entre otros aspectos, el control del tendido eléctrico, la Cámara 7ª en lo Civil y Comercial de Córdoba confirmó la condena a la empresa estatal por daños y perjuicios motivados en la muerte de un menor de edad, quien falleció electrocutado al tomarse de un caño de bajada de corriente eléctrica del medidor externo de su vivienda.
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