El Alto Cuerpo validó lo resuelto por la cámara a quo y destacó que la perención de instancia no es recurrible en casación cuando se trata de cuestiones familiares
Al valorar que el auto interlocutorio que desestimó el incidente de caducidad de la primera instancia no constituyó una sentencia definitiva ni irrogó un gravamen irreparable al articulante, la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) confirmó la resolución de la Cámara a quo que denegó la apertura del recurso de casación articulado por el demandado en un juicio por alimentos, de acuerdo a lo establecido en el Código Procesal de Familia (CPF) .
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