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Empleada de Aerolíneas, intimada a jubilarse, podrá seguir trabajando

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La Sala II de la Cámara del Trabajo porteña, integrada por Gabriela Vázquez y Julio Vilela, confirmó un fallo de primera instancia que ordenó a Aerolíneas Argentinas (AA) que permitiera seguir trabajando a una empleada que cumplió la edad para jubilarse.

Se trata de la causa “Giobbiani c/Aerolineas Argentinas SA”, en la cual la actora solicitó seguir trabajando más allá de que ya estaba en condiciones de jubilarse, intimándola para que comenzara los trámites.

En primera instancia se hizo lugar a la demanda y se le indicó a la empresa que debía permitirle a Giobbiani continuar trabajando hasta cumplir 60 años de edad, siempre que sus condiciones psicofísicas lo permitieran.

El a quo resolvió en tal sentido más allá de que el decreto 4257/68 establece un régimen diferencial aplicable a la actividad aeronáutica que consiste en el derecho de los trabajadores de esa actividad a acceder a la jubilación ordinaria con 30 años de servicio y 50 de edad.

Al rechazar la apelación de la demandada, la cámara enfatizó que las normas en juego debían interpretarse en el sentido más favorable para el trabajador, de acuerdo con el principio in dubio pro operario contemplado en el artículo 9 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

“El empleador no se encuentra habilitado para utilizar una facultad del régimen general (artículo 252, LCT) pretendiendo aplicarla al régimen previsional especial de la actora (decreto 4257/68), que no la obliga sino que la habilita a jubilarse anticipadamente”, dijo la Alzada.

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