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Deudor rebelde no está protegida por la Ley de Defensa del Consumidor

CONCLUSIÓN. La resolución del tribunal restó el carácter de consumo al documento ejecutado.
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El fallo concluyó que en la causa no existieron indicios que demostrasen que el documento ejecutado por el banco demandante fuese un pagaré de consumo, alcanzado por la normativa específica

La Cámara 6ª Civil y Comercial de Córdoba revocó la sentencia de primera instancia que rechazaba la ejecución intentada por el Banco Supervielle SA, desestimando que el pagaré base de la acción sea considero de consumo, ya que el demandado no se presentó en el pleito alegando tal situación, ni se integró ese pagaré con los documentos que demuestran que el mismo derivaba de una relación de consumo.

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