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Curiosa victoria de Madonna

Por Sergio Castelli* y Tobias Larregui**
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La evolución de la tecnología aplicada a la ingeniería musical ha significado, además del perfeccionamiento de las composiciones, un coadyuvante en los procesos judiciales por derecho de autor, precisamente ha sido determinante en causas por plagio de obras musicales.

En 2011, la compañía VMG (Salsoul Records), presentó una demanda contra Madonna y su producción, por supuesta comisión de plagio en su obra “Vogue”, icono de la década de 90.

Según su reclamo, la obra musical copia de manera indebida una sucesión de notas de trompetas y cuerdas del tema Love Break, melodía instrumental grabada por Salsoul Orchestra, de la cual la actora posee los derechos de autor.

El desarrollo de la tecnología se encuentra presente en este caso. Tal como puede apreciarse, la demanda se presenta aproximadamente 20 años después de la aparición de la obra musical controvertida, por la sencilla razón de que otrora resultaba imposible una comparación rigurosa que permitiera hallar supuestos de identidad sustancial que dieran lugar a casos de plagio.

Entrando al hecho controvertido, la compañía VGM ha intentado demostrar en instancias judiciales que el productor de Madonna en el tema Vogue fue el mismo que trabajó en el remix de la obra Love Break y, por lo tanto extrajo “samples o muestras” de dicha obra para reutilizarla indebidamente en el tema de la reina del pop.

La decisión en primera instancia le fue adversa a la compañía, absolviendo a la demandada tras considerar que la identidad en los samples eran de menor cuantía y, por lo tanto, amparados por excepciones que la ley de derecho de autor establece para casos menores.

Por su parte, la semana pasada, se conoció la sentencia de la Cámara de apelaciones 9º Circuito de Pasadena, California, en la cual se ratifica la sentencia del juez de primera instancia con curiosos argumentos. La cámara consideró razonable la postura del juez que determinó la trivialidad en los samples, escapando de esta forma a infracciones por plagio, lo cual es lo mismo que desconocer que la ley de derecho de autor ampara toda obra en sus partes, por pequeñas que sean, o que los delitos pierden sus naturaleza de tal si ubican en una escala inferior.

Por otro lado, situándose en la figura del oyente promedio, la cámara consideró que no era razonable prever el reconocimiento por parte del primero, de la apropiación de los pasajes de la obra Love Break; asimismo expresó que los sonidos de trompeta controvertidos se escuchan pocas veces y, por lo tanto, resulta imposible asimilar la identidad sin una atención cuidadosa.

Lo cierto es que Madonna ha logrado salir airosa de una nueva disputa legal que la tenía en el centro de la escena, tal como ha sucedido en otras oportunidades, no siempre con resultados favorables.

* Agente de la Propiedad Industrial. ** Abogado

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