La demandante ya no podía continuar con el trabajo en el call center -que implicaba el uso de su voz- y la empresa no pudo demostrar que le había tomado un examen para calificarla para otro puesto
Al observar que ninguna de las constancias reveló de forma objetiva, concreta e indubitable que la accionada no contaba con tareas acordes y compatibles a su disfonía -por el uso de la voz- cuando la empresa demandada decidió desvincularla, la Sala 6ª de la Cámara de Trabajo de Córdoba rechazó la validez de esa cesantía y ordenó que se le pague la indemnización completa.
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