lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Confirman fallo contra clausura dispuesta por AFIP

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“En relación a la imposición de la sanción de multa y en su caso de clausura, el fisco debe necesariamente precisar y personalizar la sanción, analizando para ello las circunstancias del infractor teniendo en cuenta en cada caso el monto evadido, la actitud asumida por el contribuyente ante el procedimiento administrativo de inspección y constatación, como asimismo si es o no reincidente, entre otros aspectos”, expresó la Cámara Federal de Córdoba al confirmar una resolución dictada por el tribunal inferior, en cuanto dispuso dejar sin efecto la clausura de un local comercial y morigerar la multa a él impuesta.

“De esta manera, lo que se trata es de evitar un perjuicio económico dispar, adecuando el castigo en el ejercicio del poder de policía tributario a la situación particular, cuando se concluya que exista un conducta reprochable”, advirtieron Ignacio María Vélez Funes, Luis Roberto Rueda y Abel Sánchez Torres en la causa “Loteos Serranos SRL s/Recurso de Apelación artículo 78, Ley 11683”, cuando a partir del traslado de mercaderías de la referida firma comercial fue inspeccionada por personal de la AFIP en un control de rutina, no exhibiendo el conductor del vehículo la documentación que exige el artículo 40 inciso c), ley 11683, hecho que configuró infracción al artículo 8 inciso b) de la Resolución General Nº 1415/03, sus modificatorias y complementarias para el Tribunal de Grado.

En este marco, el fallo enfatizó que “el precepto legal impone que todo traslado de mercadería debe realizarse con el correspondiente respaldo documental (…). Así, y en el entendimiento de que el principio de proporcionalidad obliga a jerarquizar las lesiones y establecer un grado mínimo de coherencia entre las magnitudes de las penas asociadas a cada conflicto que es materia de juzgamiento, entiendo ajustada la resolución del titular del Juzgado Federal de Primera Instancia en cuanto deja sin efecto la sanción de clausura y fija la multa en la suma de pesos mil”.

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