En su decisión, el tribunal de alzada entendió que el perjuicio por ambos fue acreditado y subrayó que el monto de la condena por ambos rubros lucía “razonable”
Al considerar acreditados los daños producidos como consecuencia de un accidente de tránsito, del cual la parte demandada resultó responsable, la Cámara 8ª Civil y Comercial de Córdoba rechazó el recurso de apelación presentado por la demandada y confirmó la cuantificación de los rubros daños al automotor y privación de uso.
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