La Sala IV de Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional confirmó la desestimación de la denuncia por extorsión efectuada por Guillermo Campitelli, en representación de Eduardo Menem, contra Luis Pérez Souts y Gustavo Gettar.
Campitelli refirió que una escribana concretó un requerimiento dirigido a Martín Menem y a un grupo de personas físicas y jurídicas -efectuado por Gettar e invocando representación de Pérez Souts-, exigiendo rendición de cuentas originadas en la explotación de sociedades y que los intimados se abstuvieran de percibir honorarios sin conformidad de éste, advirtiendo que, de lo contrario, incurrirían en defraudación por retención indebida.
La Cámara estimó que no se advertía ningún accionar delictivo y que la cuestión giró en torno a un mero reclamo de derechos que Pérez Souts entendía que le correspondían. Se recordó que la extorsión requiere “un ataque a la libertad de la persona mediante una intimidación que tiene por finalidad forzar su libre determinación en cuanto a la disposición de sus bienes’, aclarando que las amenazas de causar un daño amparado por el derecho a entablar acciones judiciales no pueden considerarse constitutivas de un delito penal.