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Anulan sentencia por omisiones que derivaron en una arbitrariedad

27 septiembre, 2010
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La Cámara Federal dio la razón a una entidad financiera que aducía que el fallo prescindió del escrito de contestación de la demanda.

Un recurso de apelación interpuesto por una entidad financiera demandada, en el que ésta sostenía que la sentencia dictada en primera instancia era nula por prescindir del escrito de contestación de demanda de su parte, fue resuelto favorablemente por la Alzada, al concluir que “el a quo ha incurrido en arbitrariedad, y en un supuesto de gravedad extrema que justifica la sanción de nulidad de la sentencia recurrida”.

“El Juzgado Federal N° 1 de Córdoba ha omitido considerar, al pronunciarse, la contestación de la demanda del BBVA Banco Francés, expresando al respecto que el mentado escrito se había presentado ante la Secretaría Fiscal de ese Tribunal, que tiene a su cargo los trámites de amparo por el corralito financiero, lo que le impidió valorarlo oportunamente”, dijeron los camaristas Abel Sánchez Torres, Luis Roberto Rueda y  Octavio Cortés Olmedo.

“El sentenciante al fallar los presentes autos sin la contestación de la demanda de la entidad financiera demandada, ha privado a ésta última de ejercer su derecho de defensa afectando, además, la garantía del debido proceso, con el agravante de que al no contar con el mismo se omitió considerar la excepción de prescripción opuesta, y que resulta cuanto menos relevante a los fines de resolver la presente causa”, se agregó.

Finalmente, se concluyó que, “si bien los jueces no están obligados a seguir a las partes en todas sus alegaciones y argumentos, sí tienen el deber, en razón de su elevada función jurisdiccional y con fundamento en la garantía de la defensa en juicio, de pronunciarse expresamente sobre los puntos propuestos en cuanto sean decisivos en el pleito, por lo que la omisión de consideración y resolución de una cuestión relevante priva de fundamentos mínimos a la resolución en crisis”.

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